
¡Emprende en Madrid con ayudas!
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Si estás pensando en emprender y eres de Madrid, ¡tengo una buena noticia para ti! El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado un nuevo paquete de ayudas para los desempleados que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Con un presupuesto de 4 millones de euros, los nuevos autónomos podrán recibir hasta 4.580 euros para cubrir los gastos derivados del inicio de actividad.
¿Qué es el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)?
El RETA es un régimen especial de la Seguridad Social que cubre a los trabajadores autónomos. Si te das de alta en este régimen, tendrás que pagar una cuota mensual a la Seguridad Social.
¿Qué es la Cuota Cero?
La Cuota Cero es una medida enfocada a incentivar y apoyar a los autónomos durante las primeras etapas de su actividad. Así, los beneficiarios de esta ayuda disfrutarán de una subvención del 100% de sus cuotas –reducidas- a la Seguridad Social durante sus primeros 12 meses de afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Es decir, los autónomos que disfruten de esta ayuda ahorrarán hasta 960 euros al año en concepto de cotizaciones a la Seguridad Social.
¿Cuáles son los requisitos para recibir estas ayudas?
Para acceder a esta ayuda deberán cumplirse los siguientes requisitos:
- Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Realizar su actividad en la Comunidad de Madrid.
- El trabajador deberá estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid, en la fecha inmediatamente anterior al inicio de la actividad como trabajador por cuenta propia, considerándose dicha fecha, el alta inicial en el Impuesto de Actividades Económicas.
- Darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, dentro del régimen especial por cuenta propia que corresponda o mutualidad del colegio profesional como ejerciente.
- No haber realizado la misma actividad en los seis meses anteriores a la fecha de alta como trabajador por cuenta propia.
¿Cómo puedo solicitar estas ayudas?
La solicitud puede realizarse en cualquier momento del año y debe hacerse telemáticamente a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid. El plazo para presentarla será tres meses después del inicio de la actividad.
Espero que esta información te haya sido útil. ¡Mucho ánimo con tu proyecto! 😊